NacionalesNuevas irregularidades se suman a la gestión de Roberto Fulcar en Educación

Nuevas irregularidades se suman a la gestión de Roberto Fulcar en Educación

AGENDA ORIENTAL, SANTO DOMINGO. El exministro de EducaciónRoberto Fulcar, afirmó que su gestión estuvo marcada por desafíos porque transcurrió durante la pandemia del Covid-19, además de cargar con las irregularidades de gestiones pasadas que, asegura, terminó solucionando durante su mandato.

El funcionario fue auditado por la Cámara de Cuentas, que reveló irregularidades en falta de pagos, contratos sin documentación, obras incompletas, inconsistencias tributarias y contables, fallas en contrataciones públicas y pólizas, entre otras.

La investigación detalla que durante su desempeño en 2020-2022 se omitió la ejecución de las garantías de buen uso de anticipo y fiel cumplimiento en 18 contratos rescindidos para la compra de dispositivos tecnológicos, con avances pagados por RD$210,549,526, según el órgano fiscalizador.

El expediente detalla que Fulcar reaccionó asegurando que la institución actuó de manera diligente y conforme al marco legal aplicable, realizando las actuaciones administrativas y contractuales.
Correspondientes con el propósito de salvaguardar el interés público y procurar el cumplimiento efectivo de las obligaciones asumidas por los contratistas, con tres puntos detallados.

Sin embargo, las consideraciones jurídicas sobre el hallazgo citó íntegramente que implicó la no ejecución de garantías que afectaron el patrimonio de la entidad, configurándose una actuación culposa, así como un daño al patrimonio de la entidad con un claro vínculo de relación de causalidad.

También reveló la clasificación presupuestaria errónea por RD$7,764,370 al registrar la compra de mobiliario escolar en la cuenta de equipos de tecnología.

El órgano regulador instó también a que se aclare la ausencia de tres expedientes de pago por un monto acumulado de RD$74,606,606. Además de que no se evidenció la documentación de 73 expedientes de personal, 31 contratos de colaboradores temporales, 28 libramientos de reintegro de sueldos y 7 oficios de designación militar. 

Omisión en la aplicación de retención del ISR, 2020-2022 en Educación.

Expedientes de obras de rehabilitación de planteles escolares incompletos, carentes de bitácoras de obra, informes de supervisión y análisis de costos unitarios. El incumplimiento de las cláusulas de tiempo y vigencia en 111 de los contratos correspondientes al proceso de urgencia para la rehabilitación de 570 planteles escolares es una de las inconsistencias desveladas.

Esto sumado a la aceptación de pólizas de vicios ocultos por un 5% del valor de las obras en lugar del 10% que exige la Ley 5560, dejando un diferencial no asegurado de RD$2,338,517

Póliza de vicios ocultos menor al 10 %, en 2020-2022 en el Minerd.

Pagos de obras por RD$57,918,348 sustentados con facturas cuyo Número de Comprobante Fiscal (NCF) resultaba incorrecto o no correspondía al RNC del proveedor.

Número de comprobante fiscal incorrecto o no correspondía al RNC del proveedor, en la gestión de Roberto Fulcar. Captura/Cámara de Cuentas (septiembre, 2026).

También se detectó la omisión del 5% de retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en pagos de servicios de energía eléctrica, por un total de RD$3,719,314 no retenidos. Además, de la retención incorrecta de ITBIS por valor de RD$309,868 aplicada a compras de monitores.

ITBIS retenido de forma incorrecta 2020-2022. Captura Cámara de Cuentas (setiembre 2026).

El órgano estableció un plazo de 25 días calendario para que remita su plan de acción correctivo a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas, conforme al artículo 69 de la Ley núm. 18-24, al artículo 122 del Reglamento de Aplicación General de la Ley núm. 18-24 y al artículo 39 de la derogada Ley núm. 10-04.

A todo esto, Fulcar se desligó de los resultados de la investigación y afirmó que al asumir el cargo encontró irregularidades que durante su gestión solucionó.

El exministro expresó también a través de una nota de prensa que tales observaciones se refieren a situaciones administrativas, documentales, contables, procedimentales o de control interno que requieren corrección o fortalecimiento que, al ser limitadas a registros y asuntos administrativos y operativos, no constituyen irregularidades.


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