Gobierno dominicano crea una base de datos para personas desaparecidas

0
8

AGENDA ORIENTAL, SANTO DOMINGO. El Gobierno dominicano promulgó este miércoles la ley 25-26, donde prioriza la búsqueda de desaparecidos bajo una alerta nacional denominada “Alertas RD”.

La normativa incorporó el Registro Nacional de Personas Desaparecidas, una base de datos centralizada y de acceso interinstitucional que estará bajo la administración y supervisión de la Policía Nacional.

La normativa incluirá una plataforma de consulta pública con información personal, descripciones físicas, fotografías, estatus de la búsqueda y antecedentes médicos de las víctimas, velando estrictamente por el derecho a la intimidad.

Los familiares podrán poner la denuncia de manera presencial o vía telefónica y, después de la valoración de la policía o el Ministerio Público, se activará el protocolo correspondiente.

De ahora en adelante, cada alerta contempla una tipificación para cada caso: Amber, exclusiva para niños; Silver, para adultos mayores de 65 años; Azul, para personas con discapacidad física y mental; Rosa, específica para mujeres en contexto de violencia de género o si es víctima de trata de personas.

Según detalla la Alerta RD, dará respuestas a las notificaciones priorizando la dignidad humana, la protección de los sectores más vulnerables, tanto así que el sistema de alerta se activará de manera conjunta e inmediata sin que transcurran más de 24 horas desde el reporte.

La ley cuenta con un mecanismo masivo, inmediato y en tiempo real, integrando la participación de las instituciones estatales, los medios de comunicación y la sociedad civil.

Gobernanzas

La ley 25-26 también crea el Consejo Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas, que estará integrado además por la Procuraduría General de la República, el Ministerio de Defensa, la Dirección de la Policía Nacional, el Ministerio de la Mujer, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Sistema 9-1-1, el Indotel, el Conani, el Conape, el Conadis, el COE y el Servicio Nacional de Salud (SNS).

 Régimen de consecuencias

El estatuto de la ley introduce un régimen de consecuencias riguroso, el cual establece que los servidores públicos que, teniendo conocimiento de un caso de desaparición, omitan informar u obstaculicen los protocolos establecidos, serán sancionados por la comisión de faltas graves bajo la Ley núm. 41-08 de Función Pública, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que les correspondan.

Con la promulgación y posterior publicación de la Ley 25-26 en la Gaceta Oficial, el Gobierno dominicano reafirma su compromiso ineludible con la debida diligencia, la seguridad ciudadana y la protección efectiva de los derechos fundamentales de la población.


Descubre más desde Agenda Oriental

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.