DISNTIGUIDA PROCURADORA:
Quienes suscriben los señores CARLOS SAMUEL TAVERAS TAVERAS, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral Núm. 402-2886093-4; SANDIS ANTONIO TAVERAS SANTANA, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cedula de identidad y electoral No. 402-4579477-7 y FABIO SAMUEL TAVERAS SANTANA, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cedula de identidad y electoral No. 058-0030531-9 con domicilio común en la calle K, numero. 12, sector Caperuza II, Municipio San Francisco De Macorís, Provincia Duarte, en calidad de familiares del difunto ciudadano CARLOS ENRIQUE TAVERAS SANTANA. tienen a bien solicitarle lo siguiente.
RELATO CIRCUNSTANCIADO DE LOS HECHOS:
POR CUANTO: En fecha veintiséis (26) del mes de agosto del año dos mil veintitrés (2023), siendo aproximadamente a las 5.15 am, se presentaron los acusados, vestidos de civil a bordo de un vehículo sin placa a varios metros de la casa del hoy occiso CARLOS ENRIQUE TAVERAS SANTANA ubicada en la calle K, numero. 12, sector Caperuza II, San Francisco de Macorís, procediendo de inmediato a asechar la hora de la salida de su residencia del hoy occiso, quien posterior procedió a salir de su residencia aproximadamente las 6.10 am, a bordo del vehículo marca AUTOMOVIL PRIVADO, MARCA HYUNDAI, MODELO SONATA N20, AÑO 2011, PLACA NO. A714140, CHASIS NO. KMHFU41MBBA799779, MOTOR NO. DE SERIE 799779, PASAJEROS 5, FUERZA MOTRIZ 2000, CILINDROS 4, NO. DE PUERTAS 4, de inmediato los acusados procedieron a darle seguimiento en la carretera San Francisco hacia Cenovi, San Francisco de Macorís, ordenándole que se detenga, una vez detenido lo esposaron y lo entraron en su propio vehículo en el asiento trasero, en seguida si mediar palabras comenzaron a torturarlo y posterior asesinaron; todo lo antes narrado fue presenciado por varios de los testigos ofertado en la presente querella y varias cámaras de seguridad que captaron los hechos. Posteriormente siendo aproximadamente las 8.30 am, los acusados se presentaron al Hospital regional Universitario D San Vicente de Paul de San Francisco de Macorís con el cuerpo sin vida del hoy occiso.
POR CUANTO: En fecha cuatro (4) del mes de septiembre del año dos mil veintitrés (2023) se depositó ante la Procuradora Fiscal de San Francisco de Macorís, formal denuncia por parte del solicitante.
POR CUANTO: En fecha siete (7) del mes de septiembre del año dos mil veintitrés (2023), fue depositada ante la Dirección de Asuntos Internos de la Policía Nacional, la querella con constitución en actor civl supra mencionada y solicitud de suspension de los agentes involucrados en la mencionada querella.
POR CUANTO: En fecha siete (7) del mes de septiembre del año dos mil veintitrés (2023) fue depositada ante el inspector general de la Policía Nacional la querella con constitución en actor civl supra mencionada y solicitud de suspension de los agentes involucrados en la mencionada querella.
POR CUANTO: En fecha siete (7) del mes de septiembre del año dos mil veintitrés (2023) fue depositada ante el Ministro de Interior y Policía Nacional la querella con constitución en actor civl supra mencionada y solicitud de suspension de los agentes involucrados en la mencionada querella.
POR CUANTO: En fecha siete (7) del mes de septiembre del año dos mil veintitrés (2023) fue depositada ante el Director general de la Policía Nacional la querella con constitución en actor civl supra mencionada y solicitud de suspension de los agentes involucrados en la mencionada querella.
POR CUANTO: En fecha veintinueve (29) del mes de septiembre del año dos mil veintitrés fue depositada ante esta Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de Duarte formal interposición De querella Con Constitución En Actor Civil en contra de los agentes: (1)1ER TTE. PN. LEONEL A. JIMENEZ RESTITUYO, ALIAS (LEONEL), (2) 2do TTE. LEOPOLDO REYES MONEGRO, ALIAS (EL FEO). (3) SARGENTO ANDERSON ANTONIO DURAN, (4) SARGENTO LEOPOLDO ANTONIO VELEZ BRUNO. TODOS ADSCRITO A LA POLICIA NACIONAL SAN FRANCISCO DE MACORIS.
POR CUANTO: En fecha veintinueve (29) del mes de septiembre del año dos mil veintitrés (2023), fue notificada mediante el acto No. 1633/2023 la querella en constitución en actor civil supra mencionada.
POR CUANTO: En fecha veintinueve (29) del mes de septiembre del año dos mil veintitrés (2023), el solicitante depositó ante la Procuradora Fiscal de San Francisco de Macoris, una proposición de digencia a los fines para obtener los videos captados por las cámaras del Sistema Nacional de Emergencia que captaron el vil asesinato del Señor CARLOS ENRIQUE TAVERAS, padre del solicitante.
POR CUANTO: En fecha trece (13) del mes de octubre del año dos mil veintitrés (2023), fue solicitada mediante instancia una cita ante la Procuradora Fiscal Titular de San Francisco de Macorís Smaily Yamel Rodríguez, dicha cita aún se espera sea concedida.
POR CUANTO: En fecha trece (13) del mes de octubre del año dos mil veintitrés (2023), fue solicitada mediante instancia una cita ante la Procuradora Fiscal adscrita a la Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial Duarte Yerelis Calcaño, dicha cita aún se espera sea concedida.
POR CUANTO: En fecha veintiséis (26) del mes de octubre del año dos mil veintitrés (2023), fue depositada ante la Procuradora Fiscal de San Francisco de Macoris, la reformulación de la querella con constitución en actor civil.
POR CUANTO: En fecha veintisiete (27) del mes de octubre del año dos mil veintitrés (2023) fue notificada la reformulación de la querella depositada ante la Procuradora Fiscal de San Francisco de Macoris.
POR CUANTO: En fecha veintitrés (23) del mes de octubre del año dos mil veintitrés (2023) fue depositada ante el Inspector General del Ministerio Publico, formal denuncia disciplinaria en contra de los Procuradores Fiscales YARELIS CALCAÑO, ELINGTON SANTIAGO VILLAR, BENEDICTO A. REYNOSO Y SONIA MARTE MANZUETA, toda vez que no obstante a las querellas y solicitudes depositadas estos no han realizado ningún comentario que pueda establecer que éstos hayan iniciado las investigaciones correspondientes con las denunciadas por el solicitante.
POR CUANTO: En fecha veintiséis (26) del mes de octubre del año dos mil veintitrés (2023), fue notificada la denuncia disciplinaria depositada ante el Inspector General.
POR CUANTO: En fecha dos (2) del mes de enero del año dos mil veinticuatro (2024), se depositó ante el Director de Asuntos Internos de la Policía Nacional la solicitud de Suspensión de los Agentes Policiales, no teniendo a la fecha respuesta sobre dicha solicitud.
POR CUANTO: En fecha dos (2) del mes de enero del año dos mil veinticuatro (2024), se depositó ante el Director de Asuntos Internos de la Policía Nacional la solicitud de videos, no teniendo a la fecha respuesta sobre dicha solicitud.
POR TODOS LOS MOTIVOS AQUÍ EXPUESTOS, en adición a los que tenga a bien suplir con los vastos e idóneos conocimientos que, sobre el particular, tenemos a bien SOLICITAR, muy respetuosamente lo siguiente:
UNICO: Que tengáis a bien designar un Ministerio Público investigador que garantice el debido proceso en el caso iniciado por los ciudadanos CARLOS SAMUEL TAVERAS TAVERAS, SANDIS ANTONIO TAVERAS SANTANA Y FABIO SAMUEL TAVERAS SANTANA, en el asesinato del ciudadano CARLOS ENRIQUE TAVERAS SANTANA.
Es de Justicia lo que se os pide y esperando merecer, en la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los once (11) días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro (2024 ).