domingo, noviembre 24, 2024

Leonel a Abinader: Reforma constitucional, ¿Para qué?

AGENDA ORIENTAL, SANTO DOMINGO

El expresidente de la República y presidente de la Fuerza del Pueblo, Leonel Fernández, salió en defensa de su Constitución del 2010, alegando que no es necesario modificar la Carta Magna para dotar de independencia al Ministerio Público, ni para incluir un Ministerio de Justicia, ni para poner candados, como lo han planteado el presidente de la República, Luis Abinader.

Señala que la prioridad de la sociedad dominicana, en estos momentos, es la disminución del alto costo de la vida, la reducción de los crímenes y actos de violencia, la desaparición de los apagones, la creación de empleos, el mejoramiento de la calidad de la educación, y un servicio de salud pública que respete la dignidad de los dominicanos.

“En todo caso, en materia constitucional, lo que debería figurar como de alta prioridad en la agenda nacional, es que definitivamente se aprueben, después de 14 años, las más de 90 leyes de reserva, previstas en la propia Carta Magna,” señala Leonel en su más reciente artículo publicado en el Listín Diario.

Artículo completo: Reforma constitucional: ¿Para qué?

Por Leonel Fernández

En recientes declaraciones, el presidente de la República expresó que sometería al Congreso Nacional, a partir del próximo 16 de agosto, una propuesta de reforma constitucional.

Sostuvo que el motivo de dicha reforma es “poner los candados para que ningún candidato presidencial o partido pueda modificar los actuales términos de elección y reelección presidencial…”.

Con anterioridad, sin embargo, había indicado que la razón fundamental que lo motiva a auspiciar un proyecto de reforma constitucional es para establecer la independencia del Ministerio Público.

En otras oportunidades, también se ha establecido que el objetivo de dicha reforma sería para incorporar la figura del Ministerio de Justicia dentro de la Carta Sustantiva del Estado.

En fin, se han señalado, con distintos argumentos, las diversas razones por las cuales resulta perentorio modificar por cuadragésima vez en la historia nacional, la Constitución de la República.

Ninguna resulta convincente. No es necesario modificar la constitución para dotar de independencia al Ministerio Público, ni para incluir un Ministerio de Justicia, ni para poner candados.

Por demás, nadie en estos momentos reclama la realización de una reforma constitucional. Tampoco figura en el conjunto de necesidades actuales que padece el pueblo dominicano. Parece más bien un capricho presidencial, una agenda oculta, o una distracción para echar humareda sobre otras reformas esperadas.

Lo que figura como prioridad de la sociedad dominicana, en estos momentos, es la disminución del alto costo de la vida, la reducción de los crímenes y actos de violencia, la desaparición de los apagones, la creación de empleos, el mejoramiento de la calidad de la educación, y un servicio de salud pública que respete la dignidad de los dominicanos.

En todo caso, en materia constitucional, lo que debería figurar como de alta prioridad en la agenda nacional, es que definitivamente se aprueben, después de 14 años, las más de 90 leyes de reserva, previstas en la propia Carta Magna.

La Constitución del 2010

Como forma de solucionar la crisis electoral del 1994, se reformó la Constitución del 1966, la cual tuvo una vigencia de 28 años. En esa reforma se redujo el período presidencial a dos años. Se eliminó la reelección consecutiva; y se creó el Consejo Nacional de la Magistratura, para la selección de los miembros del Poder Judicial.

Con el triunfo electoral del PRD en el año 2000, se puso en práctica, en el 2002, otra reforma a la Ley de Leyes para facilitar la reelección para un segundo mandato consecutivo.

Debido a la agudización de la crisis económica, provocada por un colapso del sistema financiero, el gobierno del partido blanco sucumbió en las urnas y nos correspondió asumir la nueva gestión de gobierno surgida en el 2004.

Nuestra principal tarea fue ponerle un torniquete al sangrado de la crisis económica y social, que era lo que más afectaba en aquel momento a la población dominicana.

Luego de enfrentar esa gran calamidad nacional, nos propusimos la realización de lo que en aquellos años se denominó, Revolución Democrática Institucional. Dentro de esa revolución se encontraba la realización de una reforma constitucional integral. Así se hizo, procediéndose a una consulta popular, durante dos años, en la cual los diversos sectores de la vida nacional fueron expresando sus puntos de vista acerca de lo que debería ser un nuevo Estado Dominicano para el siglo XXI.

Se integraron a ese proceso, entre otros, los partidos políticos, los medios de comunicación, las universidades, las iglesias, las asociaciones empresariales, los gremios profesionales, los ecologistas, las organizaciones campesinas y los movimientos sociales.

La reforma constitucional del 2010 consignó de manera diáfana e inobjetable el concepto de nacionalidad dominicana. Afirmó el principio de Estado Democrático y Social de Derecho. Consolidó los derechos clásicos; incorporó derechos de segunda y tercera generación, como los derechos económicos y sociales, los derechos culturales y deportivos, los derechos colectivos y difusos; los derechos de protección al medio ambiente y al patrimonio histórico y urbanístico.

Valoración Constitución del 2010

Para orgullo de nuestro pueblo, el texto constitucional emanado en el 2010 ha sido altamente valorado por prestigiosos juristas nacionales e internacionales.

Así, por ejemplo, el Dr. Milton Ray Guevara, quien desde su función de presidente del Tribunal Constitucional, lo elevó a altos niveles de prestigio, apoyándose en palabras del reconocido jurista, Diego López Garrido, ha puntualizado que: “La reforma del 26 de enero del 2010, nos ha dotado, en el siglo XXI de la constitución más avanzada de Iberoamérica”.

Además, una autoridad reconocida como el catedrático de Derecho Constitucional y presidente emérito del Tribunal Constitucional español, Manuel Jiménez de Parga y Cabrera, al referirse a nuestra Carta Sustantiva, ha sostenido:

“El perfil de la Constitución de la República Dominicana es profundamente democrático. El preámbulo sorprende por sus referencias expresas a los Padres de la Patria y a los Próceres de la Restauración. En las constituciones europeas no encontramos algo parecido. Ni siquiera en la constitución francesa de 1958 se menciona al General De Gaulle, aunque él fuese el inspirador directo de la V República, que ese texto formaliza.”

Por su parte, los letrados Pedro González-Trevijano, expresidente del Tribunal Constitucional de España, y Enrique Arnaldo, actual miembro, al opinar sobre nuestro actual texto constitucional, han expresado:

“La Constitución Dominicana de 2010 pretende, y estamos convencidos que lo va a lograr, como sucedía en su momento con la Constitución Española del 1978, entrar en la modernidad constitucional. De entrada, su proceso constituyente ha sido ejemplar.”

A esto, agregan:

“Es una constitución que ya no es, como antaño, de facción o parte, secuestrada por quienes puntualmente detentaban el poder político, sino que pretende serlo, desde la concertación y el consenso, de todos y para todos los dominicanos. Acuerdo, pacto, compromiso, estas son pues las excelentes recetas de la Constitución de 2010 para asegurar su cumplimiento, respeto y estabilidad.”

Luego de haberse comprobado cómo fue el procedimiento de consulta popular utilizado para lograr la proclamación de la Constitución del 2010, del reconocimiento que disfruta y de la consolidación de nuestro Tribunal Constitucional, cabe hacer la siguiente pregunta: Reforma Constitucional, ¿para qué?

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