sábado, junio 14, 2025
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“El Derecho de Propiedad Frente a las Áreas Protegidas: ¿Un Conflicto Inevitable o un Reto de Gobernanza?”

AGENDA ORIENTAL, SANTO DOMINGO.

Por: José Miguel Mañón Martínez

En la República Dominicana, el derecho de propiedad ha sido históricamente considerado uno de los pilares de la seguridad jurídica. Sin embargo, en las últimas décadas, la necesidad de conservar el patrimonio natural y los recursos estratégicos ha llevado al Estado a establecer limitaciones sobre este derecho, especialmente a través de la declaración de áreas protegidas. Este escenario plantea un reto complejo que compromete tanto la técnica jurídica como la agrimensura y la gestión territorial.

La Constitución dominicana reconoce el derecho de propiedad, pero no lo declara absoluto. Al contrario, lo supedita a su función social y al interés general, conforme al artículo 51. En ese marco, la Ley Sectorial de Áreas Protegidas No. 202-04 y la Ley General de Medio Ambiente No. 64-00 dotan al Estado de herramientas para restringir o condicionar el uso de terrenos privados en favor de la conservación ambiental. El problema surge cuando estas restricciones se imponen sin un debido proceso, sin delimitación técnica clara o sin la correspondiente indemnización, vulnerando derechos legítimos de los ciudadanos.

Como agrimensor y abogado, he sido testigo de cómo la superposición de títulos y la falta de coordinación entre instituciones crean verdaderos laberintos legales y sociales. Familias completas que han vivido por generaciones en zonas rurales son notificadas repentinamente de que habitan en un “parque nacional”. A veces, sin haberse hecho una mensura definitiva, sin consulta previa y sin la más mínima claridad cartográfica.

El jurista Jottin Cury hijo, en su obra “Límites al Derecho de Propiedad y Áreas Protegidas” (2017), plantea con claridad que el Estado tiene la potestad de limitar derechos individuales en función del interés colectivo, pero bajo principios de razonabilidad, proporcionalidad y, sobre todo, respeto al debido proceso. La imposición arbitraria de límites sin considerar estos principios no solo es injusta, sino también inconstitucional.

 

Los gobiernos municipales tienen un rol esencial —y muchas veces ignorado— en este conflicto. Son ellos quienes deben regular el uso del suelo, otorgar permisos de construcción, planificar el crecimiento urbano. Pero si no participan activamente en la identificación, delimitación y gestión de áreas protegidas, las medidas nacionales terminarán siendo papel mojado o, peor aún, fuente de conflictos sociales y legales.

La solución, a mi entender, no está en abolir las áreas protegidas ni en permitir el desorden urbanístico, sino en construir una gobernanza territorial responsable. Eso implica cartografía actualizada, mensura precisa, participación comunitaria, coordinación interinstitucional y, cuando sea necesario, indemnización justa.

El desarrollo sostenible no es posible si seguimos enfrentando la conservación como un obstáculo y la propiedad como un privilegio intocable. Es hora de un nuevo pacto territorial, donde la técnica, el derecho y la voluntad política se encuentren para construir un país donde podamos vivir en equilibrio con nuestra riqueza natural, sin sacrificar la dignidad de quienes poseen la tierra.

 

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