AGENDA ORIENTAL, SANTO DOMINGO
La Segunda Sala Civil del Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Judicial de Santo Domingo condenó al Centro Educativo High Steps Bilingual School y su directora Señora Angela Patricia Ureña por violar derechos fundamentales de sus estudiantes al dictar sanciones disciplinarias sobredimensionadas y violatorias de principios constitucionales y normas legales que rigen la materia.
El tribunal se pronunció sobre la acción constitucional de amparo incoada por la Fiscalía de Niños, Niñas y Adolescentes en representación de la menor de edad identificada como AHC para proteger su identidad.
La directora del centro educativo decidió sancionar a la estudiante por sentirse ofendida cuando la misma agotaba un turno en una reunión en la que participaban padres, estudiantes y autoridades del centro, pese a que la estudiante había presentado excusas públicas por el supuesto agravio.
La directora de High Steps Bilingual School y su equipo de gestión decidieron castigar a la estudiante con «medidas ejemplarizantes», que según la sentencia civil número 1856-2024-SSEN-00509, leída el 12 de junio del año 2024, conculcan «los derechos fundamentales de la adolescente AHC relativos al derecho a la defensa, el derecho a opinar y el derecho a impugnar; el derecho a la igualdad y a una educación de calidad, al debido proceso de ley y al interés superior del niño».
Fueron intervinientes voluntarios en el recurso de amparo en favor de la menor AHC, El Defensor del Pueblo, El Consejo Nacional para Niñez y Adolescencia (Conani) y varios padres de los estudiantes de 6to de secundaria a los cuales se les suspendió la graduación como represalia por la acción incoada por la menor sancionada.
Según la sentencia, durante la reunión en la que se alegó falta de respeto, la estudiante «ha expresado su parecer en torno a una situación derivada de la organización de su fiesta de graduación».
Las medidas disciplinarias establecidas por las autoridades del centro educativo consistieron en asignar a la graduanda una calificación de cuarenta (40) puntos en conducta en los meses de abril, mayo y junio del año lectivo en curso y su exclusión del acto de investidura.
La sentencia firmada por la jueza Ebridelina del Carmen de la Oz ordena que sea revocada la sanción disciplinaria impuesta por el Centro Educativo High Steps Bilingual School «por no haberse tomado en cuenta el interés superior del niño, así como las disposiciones contenidas en la Constitución de la República».
La directora junto a su equipo de gestión «tomó la decisión sin darle la oportunidad a las partes de participar en el juicio disciplinario que se estaba celebrando, sin darle oportunidad a la menor de edad de ser oída, de ejercer su derecho de defensa y a sus padres y representantes de discutir el tipo de falta, y discutir la sanción a imponer».
En la sentencia también se ordena «el cese inmediato de la amenaza de violación a los derechos fundamentales de los menores representados, de iniciales: GETP, GMAJ, JMCC Y APO, y de todos los demás estudiantes que constituyen la promoción de 6to de secundaria en el citado Centro Educativo High Steps Bilingual School y en consecuencia ordena la celebración de la ceremonia de graduación de dicha promoción, con la participación del Ministerio de Educación (MINERD)».
Este fallo no solo implica un rechazo claro a las prácticas disciplinarias arbitrarias dentro del ámbito educativo, sino que también establece un precedente legal importante en materia de protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en República Dominicana.