QUIENES ELIGEN A LOS PRESIDENTES REGIONALES DEL PRM

0
14

AGENDA ORIENTAL, SANTO DOMINGO. A veces, cuando hablamos de "estatutos" o "reglamentos", sentimos que estamos leyendo un lenguaje frío y lejano. Pero la realidad es que, en un partido como el PRM, los estatutos son mucho más que papel: son el contrato de confianza que tenemos entre todos. Son los que aseguran que la voz de un dirigente en una zona apartada valga tanto como la de cualquier otro.

Hablemos del Artículo 109. Este artículo no es solo una descripción de puestos; es el corazón del Consejo de Región de Municipio. Este organismo es el que "pulsa" la realidad de nuestras calles y coordina el trabajo donde realmente importa: en el territorio.

Lo más valioso de este artículo está en su párrafo final. Ahí es donde se protege la democracia interna. El estatuto es claro: la elección de los directivos de este Consejo no viene de arriba hacia abajo.
¿Quiénes tienen el poder de decidir?

El poder de elegir a quienes dirigen las regiones descansa en los líderes que caminan la zona todos los días:
Los Presidentes, Vicepresidentes, Secretario General, Subsecretario General, Secretario de Organización, Secretario de Asuntos Electorales, Secretario de Educación, Secretario de Transformación Digital e Innovación, Presidenta de las Mujeres y Presidente de la Juventud. Es decir, son los propios compañeros de la zona quienes deciden quiénes los representan. Eso no es solo un proceso administrativo; es un reconocimiento al liderazgo local.

El Artículo 109 es un recordatorio de que en el PRM la fuerza viene desde abajo. Respetar quién elige a quién es, en última instancia, respetar el tiempo, el sudor y la lealtad de cada perremeísta en su zona.

En este proceso estratégico de renovación partidaria, orientado a la adecuación y modernización de sus estructuras para responder con eficacia a las exigencias de los nuevos tiempos. Esta transformación se fundamenta en el consenso como pilar esencial para la cohesión política; no obstante, en aquellos escenarios donde el acuerdo unánime no sea factible, el proceso debería estar estrictamente apegado al cumplimiento de nuestros estatutos vigentes. De esta manera, garantizamos una evolución institucional que prioriza la unidad, la transparencia y el respeto inquebrantable a las normas que rigen nuestra vida interna.