Diputado Eugenio Cedeño cuestiona aumento en Cámara de Cuentas

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Santo Domingo, RD.- Agenda Oriental

Tras el aumento que en su favor se hicieron los miembros de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana (CCRD), el diputado oficialista Eugenio Cedeño reaccionó indignado por la actitud de los funcionarios públicos descentralizados.

El pleno de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana aprobó un aumento de hasta un 50 % en la compensación salarial de sus miembros, por lo que la presidenta de ese órgano devengará un salario de 635 mil 250 pesos y los demás miembros 568 mil 646.76 pesos.

La presidenta del Pleno, Emma Polanco Melo, que devengaba un sueldo de RD$ 423,500 mensuales, recibiría un incremento de 211,750.00 pesos, mientras que los demás miembros, con sueldos de RD$ 379,097.84, pasarán a ganar RD$ 568,646.76, con el incremento de RD$ 189,548.92.

“En cuanto al aumento que se autohicieron los miembros de la Cámara Diputados podemos decir que en principio es inconstitucional porque la Constitución prohíbe que un órgano del Estado, legisle o resolute aumento de salarios que no sea para un periodo siguiente para el próximo periodo, a partir de ahí, es ilegal”, aseguró el parlamentario del PRM.

Ahora sino fuera ilegal o inconstitucional explicó, creo que fue inoportuno y que es imprudente que en momento de crisis como el que vive el país, los miembros de la Cámara de Cuentas, se despachen aumentándose el salario en un 50%.

Consideró que mientras la población en general clama por aumento y revisión de los salarios en el sector público-privado, ellos debieron dejar las cosas como estaban, afirmó.

Sobre el aumento

El incremento salarial, aplicable de forma retroactiva al mes de febrero de 2026, consolida a estos funcionarios entre los mejores remunerados del sector público.

El pleno, además de la aprobación del incremento salarial, eliminó el bono por antigüedad y suspendió la aplicación del bono vacacional, por no encontrarse vinculados a criterios de desempeño, productividad o cumplimiento de metas institucionales, quedando derogada cualquier disposición previa del manual que estableciera los referidos beneficios.